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La nueva Ley de Residuos y la Industria Minera Por: Lic. Federico Kunz Este ordenamiento legal contiene algunos puntos positivos para la industria minero-metalúrgica, pero también presenta aspectos negativos que podríamos considerar muy graves y que significarán un incremento en los riesgos de carácter legal, como responsabilidades administrativas, civiles y penales, una sensible incidencia en los costos de operación y quizás, en algunos casos, la imposibilidad práctica de trabajar ciertos proyectos. Además, algunas disposiciones afectarán la imagen pública de la industria y seguramente podrán dar argumentos y fuerza, a las acciones de los grupos ecologistas en contra de ella. Entre los aspectos que pudiéramos llamar positivos están la ratificación de que los residuos propios de nuestra industria son de jurisdicción federal, como hasta ahora vienen siendo y la disposición expresa de que pueden ser confinados en el lugar en que se generen y no enviarse a otro lado, lo que de acuerdo con las regulaciones vigentes solo era expreso para los jales; la ley también da certeza a la industria al enumerar y hacer una referencia específica a los residuos propios de la actividad. Pero haciendo a un lado lo anterior, realmente la nueva ley presenta aspectos muy negativos para las actividades productivas en general y para nuestro sector en particular. 1.- En primer lugar y como es usual, el dispositivo legal impone nuevas obligaciones, trámites, responsabilidades administrativas, etc., que obviamente no abonan mucho en favor de la llamada simplificación administrativa que todos los gobiernos pregonan en su discurso, pero que nunca se hace realidad y menos en el tema ambiental. Solo cabría destacar que ahora estas complicaciones se las debemos al Congreso y no al Ejecutivo. 2.- Los mecanismos de información pública que establece la ley, aunados a la recientemente en vigor Ley Federal de Transparencia, darán argumentos y material para atacar a la industria y afectar a su imagen. 3.- Las disposiciones que imponen obligaciones como planes de manejo a ciertos productores de manufacturas, hacen referencia a componentes como el plomo y el cadmio, lo que en forma indirecta y quizás al mediano plazo, podría llevar a la sustitución de metales como esos, en ciertos productos manufacturados. 4.- La definición misma que hace la ley de los residuos de la industria minero-metalúrgica, la ubicación del artículo respectivo y el contexto general de tres tipos de residuos: peligrosos, de manejo especial y sólidos urbanos, permitiría sostener que los de la industria son en principio peligrosos y se les deben aplicar un sinnúmero de reglas que la misma ley y las NOM's en el futuro pudieran contener. 5.- Por último y
probablemente uno de los puntos más graves es el relativo a la
responsabilidad que impone la ley a los Propietarios y poseedores de
predios y los titulares de áreas concesionadas, de "llevar
a cabo las acciones de remediación que resulten necesarias"
cuando los suelos se encuentren contaminados, sin importar quién
haya sido el que causó la contaminación. Esta es una responsabilidad
solidaria, es decir, que la autoridad podrá escoger entre ir
contra el propietario o poseedor del terreno, contra el que haya causado
la contaminación o contra el concesionario minero o de zona federal
marítimo terrestre y ya después el que pague podrá
intentar cobrarle al causante, si sabe quién fue y si es solvente.
Es evidente que se podrán plantear muchas interrogantes, como
el caso de la contaminación del pasado y el argumento de no retroactividad
de las leyes, pero solamente para ejemplificar la grave dimensión
del tema diremos que si una empresa minera obtiene una concesión
de varios miles de hectáreas, en las que se encuentran alguno
o algunos poblados, podrán cobrarle la remediación de
lo que contaminen todos los que vivan o trabajen allí, establecimientos
como gasolinerías, talleres, alfarerías, etc., suena absurdo?
sí, lo es, pero así está en la ley y ahora sólo
nos queda ver cómo se hará el reglamento, cómo
se tratará de aplicar y si en su momento podremos hacer valer
alguna defensa legal. Mundo Minero |
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